Juez que autorizó uso de tobillera: “No hay que olvidar la presunción de inocencia”

La víctima cuyo agresor fue beneficiado con prisión domiciliaria bajo monitoreo de la tobillera electrónica dice temer por su vida. El juez de la causa recuerda que las cárceles están abarrotadas de personas sin condena y que no se debe olvidar la presunción de inocencia.

Alberto Segovia, denunciado en diciembre pasado por violencia intrafamiliar, por golpizas propinadas a su pareja y años de maltratos, solicitó su libertad. Sin embargo, la juez penal de garantías desestimó el pedido y decretó la prisión preventiva.

A partir de ahí, la defensa del procesado arrimó documentaciones y elementos para recurrir a la revisión de la medida cautelar, donde salió sorteado el juez Óscar Rodríguez Kenneddy, quien, posteriormente autorizó la prisión preventiva y el primer uso de la tobillera electrónica.

Al respecto, explicó que, cuando una persona no tiene antecedentes, el juez debe revisar si amerita o no la aplicación de la medida menos gravosa.

“Las cárceles están abarrotadas de ciudadanos con procesos sin condena y estamos anticipando con medida cautelar la pena que es un despropósito y va contra la corriente más fuerte que hoy maneja y domina el derecho penal”, opinó el magistrado, entrevistado por radio Universo 970 AM-Nación Media.

Recordó que esta persona no puede salir de su domicilio y que, de hacerlo, debe mantenerse a un mínimo de 5 kilómetros de distancia.

“No hay que olvidar la presunción de la inocencia, demostró que tiene tres hijos, ofreció fianza real de un inmueble valuado en 375 millones de guaraníes. Debe abonar 2.050.000 mensual”, expresó el juez en su justificación.

La víctima del caso dice temer por su vida y que, si algo le sucede, dejará a tres niños huérfanos.

Fuente: Hoy.